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Guía detallada, paso a paso, para tramitar la permanencia definitiva en Chile

La permanencia definitiva es el siguiente paso legal que puedes dar en Chile como inmigrante. El trámite parece complicado, pero en realidad no lo es, solo hay que ser ordenado y detallista para que salga súper fácil.

ACTUALIZACIÓN 18-04-2019: El decreto que habilita a los venezolanos para usar cédulas vencidas y/o pasaportes vencidos para trámites en Chile ya está disponible. En este artículo está la información.

ACTUALIZACIÓN 30-04-2019

A partir del 1ero de mayo de 2019 la solicitud de Permanencia Definitiva deberá hacerse vía online OBLIGATORIAMENTE.

Además, ahora a todas las nacionalidades se les solicita antecedentes penales emitidos en el país de origen y apostillados.

Modifiqué este artículo para adecuarlo a la nueva realidad.

OJO: Voy a hablar única y exclusivamente de la “Permanencia definitiva para residente con contrato como dependiente de un empleador“, que es el tipo de trámite que la mayoría de los lectores de este blog necesitarán hacer.

Empezaré por dar algunos datos sobre la permanencia definitiva:

  • A partir del 1ero de mayo de 2019, la solicitud debe realizarse vía online obligatoriamente, exceptuando a los nacionales de Brasil, China, Cuba, Haití y Perú, quienes deberán hacerlo en cualquier oficina de ChileAtiende.
  • Es un status que se obtiene luego de una evaluación de requisitos por parte de de Departamento de Extranjería y Migración, es decir, no porque tengas todo completo significa que te la van a aprobar.
  • Solo la puedes solicitar si has sido titular de una visa de residencia sujeta a contrato durante dos años o temporaria durante un año inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud.
  • La solicitud debe ser enviada dentro de los últimos 90 días de vigencia de tu visa de residencia actual.
  • Todos los documentos que adjuntes a la solicitud no pueden tener más de 30 días de emitidos.
  • La vigencia de este status es indefinida. Sin embargo, el beneficio se pierde en caso de permanecer fuera del país ininterrumpidamente por más de un año.
  • El arancel que se debe pagar es de 71.215 pesos.
  • La respuesta a la solicitud tarda aproximadamente 11-12 meses.
  • Si estás leyendo esto, ¡felicidades!, porque quiere decir una de dos cosas: a.- Ya estás en este punto de tu proceso migratorio, lo cual debe significar algo bueno, o b.- Eres una persona precavida que lee y se informa con anticipación sobre los trámites que en algún momento va a realizar.

 

REQUISITOS

La página original que detalla los requisitos es esta. A continuación resumiré lo que nos interesa de este documento:

a.- Documentación general:

  • Correo electrónico activo.

Para registrarte en el portal de Trámites de Extranjería.

  • Certificado de antecedentes penales emitido en el país de origen (digitalizado).

Este es el nuevo (e incoherente) requisito que está solicitando Extranjería desde el 1ero de mayo de 2019.

Debes solicitar los antecedentes penales en la página del Ministerio del Poder Popular para Relaciones interiores, Justicia y Paz de Venezuela y apostillarlos a través de este sitio: http://legalizacionve.mppre.gob.ve/

NOTA: Los antecedentes penales deben estar vigentes, es decir, tener menos de 90 días de emitidos.

  • Certificado de antecedentes para fines especiales (digitalizado).

Es emitido por el Registro Civil. No es obligatorio para menores de 18 años. Puedes solicitarlo en cualquier oficina o lo puedes solicitar online y te llega de inmediato al correo (en este caso, su validez puede ser verificada en la página del Registro Civil durante los siguientes 60 días). Tiene un costo de 1.050 pesos.

Para hacerlo online debes tener la Clave única (es un servicio que busca facilitar los trámites del estado, unificando el registro en las páginas de muchos organismos). Esto lo obtienes en cualquier oficina del Registro Civil simplemente presentando tu carnet de identidad y luego la activas por la página. Este trámite no tiene costo.

Las oficinas del Registro Civil atienden de lunes a viernes 08:30 a 14:00.

  • Certificado de viajes (digitalizado).

Es un documento emitido por la Policía Internacional que certifica los registros de entradas y salidas del país, de las personas que lo soliciten. ACTUALIZACIÓN 10-02-2019: Debes pedir cita en el sistema de Reserva de horas PDI.

ACTUALIZACIÓN 24-01-2020: Ya el certificado de viajes no es un requisito. Lo explico en este artículo.

  • Carnet de identidad por ambos lados (digitalizado).

No hay mucho que explicar aquí.

  • Certificado de registro de visa temporaria (digitalizado).

Este es el mismo que utilizaste para la solicitud de la visa temporaria. Todavía deberías tener el original, lo escaneas o le sacas una foto y listo. Si no, te toca aprovechar el viaje a la PDI y pedir los dos certificados al mismo tiempo.

  • Pasaporte (digitalizado).

Las páginas relevantes, es decir, la primera donde están los datos, la que tiene la visa y cualquier otra que haga referencia a esta solicitud.

  • Carta personal de motivos (digitalizada).

Una carta firmada por el solicitante donde explique las razones por las cuales quiere radicarse permanentemente en Chile. Muchos buscan ejemplos o formatos, cuando esto debe ser un documento personal. Todos tenemos razones diferentes para solicitar este beneficio.

ACTUALIZACIÓN 18-07-2019: Ya este dejó de ser un requisito. Ahora en el sistema online se despliega una lista con opciones donde el solicitante marca los motivos por los que quiere quedarse en Chile.

  • 1 foto (digitalizada).

Fotografía de rostro completo mirando al frente, con expresión facial neutra y sin anteojos de ningún tipo, a color, con fondo blanco, tomada dentro de los últimos 6 meses que refleje la apariencia actualizada (no debe pesar más de 2 MB, de 300 dpi, con resolución mínima de 640×480 px, y 1024×768 px como máximo, en formato *.jpg y *.png.).

b.- Documentación específica para el titular.

  • Contrato de trabajo vigente y de los anteriores suscritos por el solicitante (digitalizados).

Extranjería no obliga a que estén notariados pero MI recomendación es que todo contrato que hagan lo firmen ante notario para darle validez legal. Ahora Extranjería los está pidiendo notariados.

Extranjería tampoco requiere que el contrato sea indefinido… Solo requiere que esté vigente.

  • Certificado de vigencia de contrato original (digitalizado).

A este documento lo conocen comúnmente como “Certificado de antigüedad laboral”. No hay un formato único para esto, solo asegúrate que diga la fecha actual y la fecha en la que empezaste a trabajar para esa empresa. Este documento debe estar notariado.

  • Finiquitos de contratos anteriores (digitalizados).

En caso de haber trabajado en varias partes, tienes que enviar todo, hasta los finiquitos.

ACTUALIZACIÓN 10-02-2019: Es muy común que alguien no tenga algún finiquito. En cualquier caso, hay que enviar todos los documentos que se tengan. Si tuviste 3 trabajos y tienes 1 finiquito, pues lo único que puedes hacer es enviar ese. Al fin y al cabo, toda solicitud queda a criterio del analista que tome el caso.

  • Certificado histórico de cotizaciones de AFP y salud (digitalizados).

La instrucción dice “del último año de visa”. Esto se saca de internet, en la página de PlanVital (muy probablemente es la AFP en la que estés) y en la página de FONASA o de tu Isapre, se pueden imprimir.

No es necesario que tengas el año completo de cotizaciones, ni una cantidad determinada de meses. Es obvio que si están pidiendo que se envíen estos documentos 90 días antes del vencimiento de la visa actual, es imposible tener un año de cotizaciones (a menos que ya tengas una prórroga de la temporaria y estés solicitando la permanencia definitiva antes del vencimiento de tu segundo año).

c.- Documentación específica para dependientes.

Los dependientes del solicitante de permanencia definitiva podrán solicitar este permiso junto al titular, independiente del tiempo que hubiesen tenido su visa. Para ello, además de la documentación general, el dependiente deberá enviar:

  • Certificado de matrimonio (digitalizado).

Si es cónyuge del titular.

  • Certificado de nacimiento que indique nombre de los padres (digitalizado).

Si es hijo del titular.

  • Certificado de nacimiento del titular de la visa, que indique nombre de los padres (digitalizado).

Si es padre o madre del titular.

  • Declaración jurada de expensas (digitalizado).

Realizada por el titular de la visa ante un notario público, señalando que asumirá los costos de mantención en Chile del dependiente que está solicitando permanencia definitiva.

Finalmente…

Todos estos documentos deben ser adjuntados en la página de Trámites de Extranjería.

De aquí en adelante en la página de Extranjería puedes verificar el estatus de tu trámite. Acostúmbrate a revisar constantemente (la idea es hacer los trámites apenas se abra la oportunidad para que salga lo más rápido posible) y no te cruces de brazos esperando a que te lleguen las notificaciones por correo ordinario porque por esta vía se tardan dos o tres semanas más que por la página web.

 

¿Y SI SE VENCE EL RUT?

Lo más probable es que entre todo este proceso de trámites, solicitud, espera de respuesta, etc., llegue la fecha de vencimiento de tu RUT.

En ese caso, no se puede solicitar renovación sino que hay que valerse del comprobante de permanencia definitiva en trámite hasta que Extranjería responda.

 

ACTUALIZACIÓN 02-02-2017: Muchísimas personas me preguntan: ¿Cuál es el mínimo de cotizaciones que se necesitan para tramitar la permanencia definitiva?

Mi respuesta siempre es: “No hay un mínimo establecido. Extranjería te pide el histórico de los últimos 12 meses y evalúan tu caso individualmente. Tampoco tienen que ser consecutivas. Ahora, las aprobaciones con menos cotizaciones que he visto han sido con 6, lo que en ningún momento significa que con 5 no te puedan aprobar, solo significa que no conozco ningún caso.”

Aquí hay una prueba de lo que estoy diciendo:

 

Cotizaciones mínimas para permanencia definitiva Twitter DptoExtranjeria

 

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1,508 comments

  • Lourdes Guerrero 15 Junio 2020   Reply →

    Hola Jorge. Espero estés bien. Mi pregunta: al momento de solicitar la apostilla de los antecedentes, hay que pagar algo?

  • Elizabeth 14 Mayo 2020   Reply →

    Hola gusto en saludarte estoy confundida con algo que para todos debe ser súper fácil pero yo no entiendo: en el caso de solicitud de visa definitiva dice copia del contrato actual y los anteriores suscritos y notariados. Lo anteriores se refiere a los contratos que he tenido en otros trabajos? O solo se refiere al contrato del trabajo actual con sus anexos?
    Gracias de antemano

    • Jorge León 14 Mayo 2020   Reply →

      Para la permanencia definitiva debes adjuntar todos los contratos, con todos los anexos que hayas tenido.

  • Andrea escalante 21 Abril 2020   Reply →

    Hola los documentos escaneados deben estar a color ? Gracias

    • Jorge León 22 Abril 2020   Reply →

      No está especificado en ninguna parte, pero en realidad no cuesta nada escanear a color, así que yo lo haría así.

  • Wendy 5 Abril 2020   Reply →

    Hola buen dia

  • Alejandro 26 Marzo 2020   Reply →

    Hola Estimados,

    Solo a manera de información para cualquier persona que este en el proceso de la larga espera de recibir su certificado de Permanencia Definitiva. Les comento que en mi caso envié mi solicitud de permanencia definitiva por correos de Chile el 03-12-2018, apareciendo registrada en el sistema de auto consultas de extranjería como recibido, el 05-07-2019 junto a la orden de pago. Ese mismo día fui a hacer el deposito del pago de la definitiva, apareciendo como registrada en el sistema de auto consultas de extranjería el 08-07-2019 , con el siguiente estatus; pago de derechos correspondientes recibida. Por Ultimo el día de ayer 25/03/2020, y a pesar de la crisis que se viene suscitando por el covid-19 y su afectación en el funcionamiento de estos entes públicos, mi Residencia de permanencia definitiva apareció como disponible para descargar en la pagina de tramites de extranjería, utilizando la CLAVE ÚNICA. Finalizando este proceso luego de una tediosa y desesperante espera de 1 año 3 meses y 22 días.

    • Jorge León 26 Marzo 2020   Reply →

      Felicidades, Alejandro. Una buena noticia entre tanto problema que hay actualmente.

    • Alesander 21 Abril 2020   Reply →

      Una consulta, en mi carta se indica que debo activar el certificado y luego dentro de los 30 días hacer el registro en la pdi. Podrías explicarme como se realiza este paso? Se debe solicitar cita en la pagina de la PDI?

      Por ultimo, están realizando entrega de carnet nuevo?

      • Jorge León 22 Abril 2020   Reply →

        Para el estampado electrónico la PDI está haciendo el registro de visa automático.

  • Ángela Crespo 11 Marzo 2020   Reply →

    Hola buenas tarde. Excelente blog. Gracias por tomarse el tiempo para ayudar. Mi pregunta es la siguiente se deben introducir las cotizaciones notariadas? Para solicitar la Permanencia definitiva. La otra pregunta es mi mamá es dependiente de mi vida temporaria, pero su visa vence en Mayo y la mía ahorita en Marzo. Puedo realizar su solicitud junto con la mía? Agradecidos por su colaboración y atención.

    • Jorge León 13 Marzo 2020   Reply →

      Es suficiente con descargarlas de las páginas de AFP e Isapre/Fonasa.

  • Carlos 25 Febrero 2020   Reply →

    Que tal amigo.

    Cuando a mi me tocó hacer la solicitud de visa definitiva lo hice guiándome por los pasos que de este post y leyendo muchos de los comentarios de este blog. En el apartado de los contratos dice que no es necesario notariarlo aunque haces la recomendación de hacerlo por si acaso. De igual manera en el apartado de cotizaciones de AFP y Fonasa no se hace ninguna mención sobre notariar estos documentos. Ayer me llegó un correo diciendo que me mi solicitud no avanza a la siguiente fase por no tener notariados ninguno de esos papeles.

    Sería bueno que actualices y pongas que es obligatorio notariar esos documentos.

    Este comentario no es una queja hacia ti y a tu blog, de hecho siempre lo ando leyendo porque tienes excelente información y sirve para aclarar muchas dudas, es solo para ayudar a aquellas personas que están próximas a hacer el trámite por primera vez.

    • Jorge León 25 Febrero 2020   Reply →

      Hola Carlos.

      Recién hicieron en el sistema esa actualización que indicas. Hasta hace muy poco no pedían que los contratos estuvieran notariados obligatoriamente. De hecho, en mis textos siempre he recomendado notariar los contratos, por razones que van más allá de un trámite ante Extranjería.

      Ya quedó actualizado el artículo. Muchas gracias por avisarme y lamento mucho tu situación. Es probable que te permitan subsanar, te recomiendo consultar por el Freshdesk.

    • Roger Alejandro 2 Marzo 2020   Reply →

      Me están solicitando los mismo, que los certificados de AFP y Salud estén notariado, pero he ido a varias notarias y me dicen que esos documentos no se notarían ya que traen una firma digital. ¿En este caso como haríamos??

      • Carlos 2 Marzo 2020   Reply →

        Roger,

        Yo lo logré hacer en una notaría que queda por Tobalaba cerca de la estación de metro. Tienes que intentar en varias notarías hasta que consigas una en la que puedas hacer el trámite.

        A mí también me parece que no tiene sentido notariar esos documentos pero lamentablemente Extranjería lo está pidiendo y personalmente creo que lo están haciendo para frustrar a la gente.

        • Nelson 5 Marzo 2020   Reply →

          Estimado puede decirnos exactamente que notaria fue? tengo 3 días buscando donde notariar las cotizaciones de fonasa y AFP y en ningun lado me las quieren notariar.

          • Carlos 5 Marzo 2020  

            Queda por la Av. Luis Thayer Ojeda, no recuerdo el número exactamente pero es cerca del metro.

  • Yudaisa 21 Febrero 2020   Reply →

    Hola jorge sacame de una duda plis, me llego un correo de que mi solicitud de permanencia definitiva no avanza a siguiente etapa por que No adjuntó la documentación requerida para solicitar Permanencia Definitiva , o esta se encuentra incompleta o errónea. Lo anterior de acuerdo al siguiente detalle: El Contrato de Trabajo se encuentra sin la legalización notarial,

    Entonces yo lei y llame y me dijeron que solo notariara eso y subiera todo todo lo demás igual, y lo hice y ya lo envié …ahora he leído por otros grupos que toda la información que uno suba para SOLICITUD ADICIONAL tiene que estar todo vigente, el tema es que hace 7 meses que subí mi solicitud de visa yo trabajaba para un empleador y ahora estoy con otro en el tiempo sin interrupciones, pero mis visas no son sujetas a contrato ninguna, mis visas han sido por vinculo con chileno e hijo. me influye esto de manera negativa? o ¿esta bien?, por que solo pidieron que ese documento lo notariara, ¿que hago si ya subí los documentos?, aun tengo tiempo de los 5 días hábiles se me vencen el miércoles 26-02-2020 , ¿notario mi nuevo contrato y vigencia de contrato y lo subo en una segunda solicitud adicional?

    • Jorge León 22 Febrero 2020   Reply →

      Si ya subiste lo nuevo que te pidieron dejando el resto de los papeles iguales, yo esperaría respuestas del analista.

      Porque si subes una segunda solicitud adicional complicarías más las cosas.

    • Andreyna 13 Mayo 2020   Reply →

      Me preocupa leer estos casos, cuando hice la solicitud de permanencia leí y verifique en la página de Extranjería que cumpliera con todos los requisitos, y así lo hice. En ese momento no pedían el contrato de trabajo notariado ni las cotizaciones de salud y afp notariadas. Me pregunto si a todos le están rechazando argumentando lo mismo o si es sólo en casos puntuales con mala suerte… Y, en qué etapa se notifica cuando hay un “problema” con tu documentación? A principios de abril me llegó el correo indicando que pasé a la etapa de análisis, quiere decir que ahora debo esperar que me digan si algo me falta o si ya pasó lo peor? Realmente estoy confundida.

  • Harlyn Rosales 21 Febrero 2020   Reply →

    Hola Jorge,
    Pregunta: metí la solicitud a la PEDE a finales de enero y mi rut se vence comienzos de marzo. Mi forma de evidenciar mi estabilidad económica fue a través de un contrato laboral indefinido (y las cotizaciones a través de esa empresa). Ahora existe la posibilidad de que me den empleo en otra empresa y me gustaría cambiarme. Que debo hacer en términos de papeles? Dejo la solicitud igual como esta? Tengo que volver a hacer la solicitud que incluya finiquito y el nuevo contrato (temporal) ?

    • Jorge León 21 Febrero 2020   Reply →

      Hola Harlyn. Puedes cambiarte de trabajo sin problemas. No es necesario notificarlo. Si te llegan a contactar para pedirte documentos adicionales y/o actualizados, es que entraría el nuevo contrato, de resto, no.

  • Julio Pirela 18 Febrero 2020   Reply →

    Recien me llego una notificacion de parte de Extranjeria en la que comunica que mi proceso de Definitiva no siguio adelante porque “- No adjunto la ocumentacion requerida para solicitar Permanencia Definitiva, o esta se encuentra incompleta o erronea. Lo anterior de acuerdo al siguiente detalle: El certificado de Antecedentes del Pais de Origen no se puede verificar”

    Alguien sabe algo de esto?? que debo hacer? Tengo solo 5 dias habiles para dar respuesta.

    Dicen que debo hacerlo a traves de la plataforma de Permanencia Definitiva digital, eso implica reenviar todo haciendo una solicitud de tramite nueva??

    • Jorge León 19 Febrero 2020   Reply →

      Debes hacer una nueva solicitud incluyendo el documento que te están pidiendo actualizado/corregido (el resto de los documentos debes subirlos iguales a la solicitud original) y asegurarte de marcar en la última parte que esta solicitud se trata de una “solicitud adicional”.

  • Dayana 11 Febrero 2020   Reply →

    Hola mi otra pregunta es si puedo hacer todo el tramite en pdf en una lapto me han dicho que descargue una aplicacion en el tlf y lo haga alli

  • Dayana 11 Febrero 2020   Reply →

    Hola jorge me encanto tu explicacion pero tengo una duda algunas de mis cotizaciones quedaron en el rut provisorio pero igual en el rut nacional ya tengo 6 cotizaciones eso me serviria?

  • Michel Sibada 7 Febrero 2020   Reply →

    Me falta un finiquito, pero bueeno, todo lo demás lo tengo al día, han sabido de algún caso que le hayan rechazado la visa porque le haya faltado 1 finiquito?

    • Jorge León 10 Febrero 2020   Reply →

      La mayoría de las veces no es problema que te falte un finiquito.

  • Maria Jose Diaz 3 Febrero 2020   Reply →

    Hola jorge, quisiera saber mi orden de pago para la definitiva no me ha salido, tengo mas de 10 meses esperando. Crees que sea normal?? la verdad estoy bastante preocupada.

    • Jorge León 3 Febrero 2020   Reply →

      Utiliza el Freshdesk de Extranjería para hacerles la consulta.

      • Maria Jose 12 Febrero 2020   Reply →

        Hola Jorge disculpa tanta molestia, sabes que hago la consulta donde me indicas y me dicen que a mi correo llegara el numero de ticket de mi solicitud para yo luego hacerle seguimiento, lo que no entiendo es que no me llega ningún correo de parte de extranjería con el numero de ticket, probe incluso colocando otro correo y nada. quisiera saber si sabes si a alguien le han contestado por esa via.

        • Jorge León 12 Febrero 2020   Reply →

          EL Freshdesk está activo. El tiempo de respuesta promedio es 12 horas.

          • Maria Jose Diaz 13 Febrero 2020  

            Tengo mas de 2 semanas que escribi y nada. ni el num de ticket me llega al correo. no se si estoy haciendo algo mal

  • Maria Correia 30 Enero 2020   Reply →

    Hola Sr. Jorge.
    Me pidieron el Certificado de Vigencia Laboral, y tengo un plazo de 5 dias habiles para emitir y subsanar para continuar con el proceso de mi Solicitud de Visa Definitiva, pero mi jefe esta de vacaciones fuera del país, es valido que aunque este firmado por el dueño y timbrado, en la notaria solo vaya yo a notariar como empleado??
    Ando super preocupada por esto.

    • Jorge León 31 Enero 2020   Reply →

      Hola María.

      El certificado de vigencia de contrato laboral debe estar firmado por el representante de la empresa ante un notario.

    • Gabriel 31 Enero 2020   Reply →

      Hola María,

      Mientras el dueño tenga firma registrada en la notaría como representante legal, puedes ir tu sola a la notaría con su firma junto a los documentos que avalan su condición de representante legal. En caso que no tenga firma registrada, puedes intentar pedirle que vaya contigo a notaría.

      Espero te sirva =)

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