¿Cómo hace un abogado extranjero para ejercer en Chile?

¿Cómo hace un abogado extranjero para ejercer en Chile?

Los trabajadores de la salud, abogados y psicólogos son los que tienen más difícil la posibilidad de emigrar a Chile ya que para ejercer sus profesiones tienen que hacer ciertos trámites adicionales a los que ya he cubierto en este artículo.

Quiero dejar claro que el siguiente texto no lo escribí yo. Es una información útil, precisa y bien redactada que compartió el blog VenezolanosEnChileWeb.

Desde hace más de 6 meses están inactivos en el blog y en Facebook. Los contacté para pedirles permiso de compartir la información y hasta el momento no me han respondido, por eso decidí hacerlo (obviamente citando la fuente) y estoy dispuesto a eliminar esta publicación si ellos así lo pidieran.

También aclaro que no conozco de primera mano el trámite descrito entonces no voy a poder responder dudas al respecto. Solo me pareció que es un buen punto de inicio para los abogados que necesiten hacer este proceso.

ACTUALIZACIÓN 12-03-2016: Los amigos de VenezolanosEnChileWeb respondieron mis mensajes y me dieron el visto bueno para mantener publicado el artículo. Me comentaron que, por más que tienen tiempo sin publicar, igual están pendientes de las interacciones en su Facebook.

Sin más, les dejo el texto:

[INFORMACIÓN] Reválidas para Abogados

El Derecho, es una de las carreras más consultadas respecto al procedimiento de reválida, pero cuya información puede ser confusa o llena de diversas versiones. Por eso hemos decidido hacer una consulta relacionada a todo el proceso, pensando en las preguntas más generales sobre el tema, confiando poder entregar a cualquier extranjero y en particular al venezolano en Chile, la información necesaria para conocer un poco mejor el trámite.

Entrando en el tema, podemos decir que el proceso de reválida posee cuatro etapas a saber: Solicitud, Examen de Grado, Práctica Profesional y Corte, acotando que esta última etapa varía dependiendo del país y lo veremos más adelante.

LA SOLICITUD

a. Extranjeros suscritos a Convenios Internacionales

Chile a nivel de profesiones ha sucrito varios convenios internacionales, siendo aplicable en el caso de la carrera de Derecho, la Convención de México sobre Ejercicio de Profesiones Liberales, firmado en México el 28 de enero de 1902. Esto significa que quienes hayan obtenido su título en dichos países podrán acceder al procedimiento sin más dilaciones que las propias del trámite mismo. En este caso, deberán iniciar el proceso de reválida ante el Ministerio de Relaciones Exteriores presentando los siguientes recaudos:

– Fotocopia Título.
– Certificado de Autenticidad.
– Certificado de Ejercicio Profesional.
– Fotocopia Concentración de Notas.
– Fotocopia Pasaporte o Cédula de Identidad.
– Traducción Oficial del Título y Concentración de Notas.

El tiempo aproximado de este trámite es de 10 días hábiles. Posteriormente podrán seguir el trámite ante la Corte, no necesitan presentar examen de Grado.

b. Extranjeros sin Convenios Internacionales suscritos

Esta primera etapa es gestionada ante la Pro-rectoría de la Universidad de Chile (Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N° 1058) y se inicia con la presentación de los siguientes documentos, previa cita:

  1. Diploma de Título o Grado en original y fotocopia
  2. Concentración de Notas en original y fotocopia
  3. Plan de Estudios en original y/o fotocopia
  4. Programas de Estudios en originales y/o fotocopias
  5. Currículum Vitae
  6. Fotocopia de la cédula de identidad o pasaporte
  7. Declaración de habilitación para el ejercicio profesional del solicitante en el país que concede el título o grado, visada por el consulado respectivo, cuando se estime pertinente. En este caso los Venezolanos pueden presentar copia simple del carnet del Colegio de Abogados e INPRE por ambos lados.
  8. Llenar la solicitud, disponible en el sitio web de la U. de Chile (www.uchile.cl) y que proporciona Prorrectoría a partir del 02 de marzo en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N° 1058.
  9. Pago del Arancel de 2 UTM

Es importante destacar, que los documentos originales deben venir apostillados y legalizados desde el país de origen. En el caso de Venezuela corresponde a que deben venir certificados por el Ministerio de Educación Superior, Ministerio de Relaciones Exteriores (Cancilleria), Consulado de Chile y posteriormente legalizado en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile (Agustinas 1320, 1er Piso), todo en ese mismo orden. Pueden acceder a los enlaces para mayor información.

Una vez iniciada la solicitud, los documentos serán enviados a la Facultad de Derecho de la Universidad y al ser recibidos, se enviara una notificación al solicitante a los fines de que se acerque a la Secretaría de Estudios donde serán puestos en conocimiento del proceso y para que procedan al pago de 3 UTM por gastos administrativos. Estos documentos serán evaluados por los departamentos correspondientes a fin de determinar si se aprueba o se rechaza la solicitud de reválida. Desconocemos las causales por las cuales la solicitud pudiera ser rechazada, sin embargo, en caso de que esto suceda la Facultad lo notificará a la Pro-rectoría.

EL EXAMEN DE GRADO

Ahora bien, hasta Abril de 2015, la cantidad de materias o ramos a presentar variaba de un solicitante a otro, sin embargo en fecha 30 de abril de 2015, fue emitida la Resolución 239 por el Decanato de Derecho, mediante el cual fue modificado el sistema y básicamente se resume a dos puntos:

a. Una vez que la Facultad a través del examen de los recaudos apruebe convocar al solicitante a continuar con la revalida, éste deberá presentar un examen único y oral sobre las materias Derecho Constitucional, Derecho Procesal y Derecho Civil. Estas materias son fijas y únicas para cualquier solicitante. En la Secretaría de Estudio le especifícaran qué alcance programático deberá preparar por cada materia.

b. El solicitante tendrá un lapso de dos años para presentar el examen y hasta tres oportunidades para aprobarlo.

A fin de presentar el examen, el solicitante deberá hacer la solicitud de fijación de fecha y hora ante el Departamento de Reválida de la Secretaría de Estudios con un mes de anticipación y hacer el pago correspondiente del arancel (15 UTM). Este pago es único, por lo que en caso de reprobar el examen, podrá reprogramarse una nueva oportunidad sin necesidad de cancelar nuevamente.

Aprobado el examen la Universidad expedirá el Titulo de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales. Esta trámite administrativo también posee un costo.

PRACTICA PROFESIONAL

El artículo 523 Nº 5 del Código Orgánico de Tribunales establece como uno de los requisitos previos para obtener el título de abogado, es el haber cumplido satisfactoriamente una práctica profesional por 6 meses consecutivos e ininterrumpidos, en las Corporaciones de Asistencia Judicial, mientras que los requisitos, formas y condiciones que deban cumplirse para aprobar esta práctica, están determinados en el Decreto Nº 265 de 1985, del Ministerio de Justicia. Los extranjeros que hayan aprobado el proceso de reválida anterior, podrán acceder a las practicas siguiendo el mismo procedimiento que cualquier Licenciado titulado en Chile, sin distinción alguna.

Estos servicios otorgados por las Corporaciones son gratuitos para el público y comprenden las siguientes materias:

  • Civil (arrendamiento, posesiones efectivas testadas, recursos de protección, etc)
  • Laboral (despido injustificado, prestaciones adeudadas, fuero maternal, etc)
  • Familia (divorcio, pensión de alimentos, régimen comunicacional, adopción, etc)
  • Penal Sistema Antiguo (todas aquellas causas anterior a la Reforma Procesal Penal)
  • Atención Integral Víctimas de Delitos Violentos (abusos sexuales, violaciones, homicidios, etc)

Los factores de evaluación de la práctica profesional se encuentran establecidos en el artículo 25 del Reglamento de Práctica Profesional, y son:

  • Conocimiento Jurídico
  • Criterio Jurídico
  • Responsabilidad
  • Iniciativa
  • Sentido Social
  • Sentido de Colaboración
  • Conducta
  • Honorabilidad
  • Asistencia y Puntualidad

Estas prácticas son regidas por un reglamento, que establece entre otras, las obligaciones de los postulantes. Más información puede ser consultada en este enlace.

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Una parte crítica del proceso de reválida está radicado en el otorgamiento del Título de Abogado por parte de la CSJ, ya que esto es lo que permite que la carrera pueda ser ejercida plenamente en Chile. En este punto, el procedimiento varía ya que existen dos condiciones bajo las cuales un extranjero puede acceder a dicho título y por tanto ejercer la carrera plena e inmediantamente o varios años después. Claro, esto último no debe significar que el proceso hasta ahora sea una perdida de tiempo.

a. Extranjeros suscritos a Convenios Internacionales

En el caso de Extranjeros con Convenio, conforme a la Convención de México, deberán abrir expediente ante la Oficina de Pleno (Bandera n° 344, 2° piso) y seguir su proceso. Cuando el Pleno de la Corte Suprema acoge la solicitud de habilitación en Chile del título de abogado, la Oficina Administrativa remite el expediente de habilitación a la Oficina de Títulos para que se efectúe el ingreso en el sistema informático de los datos del abogado habilitado, con el propósito de que pueda solicitar el Certificado de Título en la Secretaría de la Corte Suprema.

b. Extranjeros sin Convenios Internacionales suscritos

En el caso de los títulos emitidos en Venezuela u cualquier otro país no incluído en la Convención, quienes hayan terminado la reválida ante la Universidad de Chile, deberán solicitar la ciudadania chilena, previo a trámitar el título de Abogado ante la CSJ. Sin embargo, no todo está perdido, ya en Chile es posible trabajar en el ámbito legal con el título de Licenciado,es decir, este título solo posee ciertas limitaciones, no ímpide que se pueda laborar del todo, ya que existen diversos trámites que son posible realizarse siendo solo Licenciado y/o con ayuda de un Abogado habilitado, además de que a nivel de Oficinas Jurídicas es más factible acceder a cargos de Asistente Legal o de Procurador con un título revalidado, y esto permitiría ganar experiencia y obtener ingresos mientras se cumplen los plazos para acceder a la ciudadanía y al poterior trámite en Corte.

Ahora bien, si ya eres extranjero con título revalidado y ciudadanía chilena, el trámite ante la Corte es administrativo y consiste en el analisis de los requisitos exigidos y que deberán ser tramitados ante la Oficina de Títulos (Bandera n° 344, nivel subterráneo):

  1. Fotografía tamaño carnet con nombre completo y rut.
  2. Para acreditar nacionalidad: En el caso que el postulante sea nacionalizado vía decreto, debe acompañar el Decreto del Ministerio del Interior que      concede la nacionalidad chilena, además la carta original que remite la copia del decreto. Original y copia.
  3. Certificado de licenciado o de grado, con nombre completo, rut y en original. Esto sin perjuicio del oficio que se envía en forma interna para validar la información del certificado entregado por el postulante. Original y copia.
  4. Certificado de conducta u honorabilidad emitido por la Universidad, con nombre completo, rut. Original y copia.
  5. Certificado de práctica profesional aprobada por la Central de la Corporación de Asistencia Judicial (no por el consultorio), en original. Esto sin perjuicio del oficio que se envía en forma interna para validar la información del certificado entregado por el postulante. Original y copia.
  6. Concentración de notas en original de la Universidad donde haya estudiado derecho que ha servido para la convalidación, homologación, revalidación, conocimientos relevantes, etc. Las concentraciones de notas deben venir en documentos separados. Todas en original. (Esto es las notas consignadas ante Pro-rectoría, traídas del país de origen) Original y copia.
  7. Acta, certificado, resolución, memorándum, etc. donde conste la aprobación de la convalidación, homologación, revalidación, examen de conocimiento relevante, etc. es decir, la aprobación, en original o bien copia autorizada por la Universidad (no por notario). Generalmente le entregarán un paralelo de las convalidaciones. Original y copia.
  8. Reglamento de convalidación, homologación, etc. o copia autorizada de éste por la Universidad (no por notario). Original y copia.

Este trámite de apertura de expediente, puede realizarse personalmente o a través de un tercero con mandato (poder). Este proceso en sí requiere de otros aspectos tales como testigos y demás formalidades de la juramentación, por tanto les dejamos el instructivo para que accedan a mayor información.

Esperamos que esta información sea de ayuda y acotamos que está confirmada para el caso de títulos expedidos en Venezuela. Por tanto, si se trata de títulos emitidos en otros países estén o no dentro de los Convenios, los invitamos a que confirmen con Pro-rectoría de la Universidad de Chile y con la Oficina de Pleno de la Corte Suprema de Justicia el procedimiento.

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147 comments

  • Tatiana 27 Febrero 2019   Reply →

    Hola Buenas tardes,

    quisiera hacerle una pregunta, necesito urgente un abogado bueno, que tenga experiencia en anulidad de sentencias en la Corte Suprema de Justicia de Santiago de Chile.

    Tengo un sobrino que ha sido sentenciado a 5 anos de prision. Tiene una abogado chilena, que ya no podemos confiar mas en ella, por lo que hemos pagado mucho dinero por 5 meses, y perdio las 3 audiencias. La abogado ha dicho que a los extrangeros los esta sembrando la policia chilena, por drogas, crimenes y armas, para asi poder acusarlos, y darles la opcion de ser deportados o sentenciados.

    Si puede, le agradeceria me ayude a la brevedad, si es posible y si tiene informacion de algun abogado Venezolano ejerciendo en Chile, sera mucho mejor.

    Mil gracias por su aporte,

    Saludos,

    Tatiana Reidarsson

  • Omar Velazquez 8 Julio 2018   Reply →

    Buenas noches, si soy abogado puedo solicitar la Visa de Profesional, asi no vaya a ejercer? O sea, trabajar en otra cosa que no sea de mi carrera mientras revalido?

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