Respuestas de Extranjería sobre las visas negadas en Chile

Respuestas de Extranjería sobre las visas negadas en Chile

Tal como les había adelantado, el día de hoy fui hasta las oficinas del Departamento de Extranjería y Migración con una lista de preguntas frecuentes en relación a los casos de visas negadas.

Antes de entrar en materia, quiero agradecer al DEM por estar siempre abiertos a iniciativas como esta. Tener acceso a respuestas oficiales, de primera mano, sin ser un medio de comunicación convencional, lo veo como un privilegio, me hace sentir afortunado y reafirma mi compromiso de seguirles entregando información de calidad.

En días previos, a raíz de una avalancha de visas negadas, escribí el artículo: “Visas rechazadas en Chile… ¿Qué está pasando?” con mis impresiones acerca del asunto y en apenas una semana se acumularon más de 400 comentarios con preguntas (sin contar Instagram, Facebook y correos), para las cuales no es/era fácil encontrar respuestas claras ni en la ley, ni en el reglamento, ni en los canales de comunicación oficiales de Extranjería.

***ACTUALIZACIÓN 01-08-2017: Hoy inicié una campaña de seguimiento a los casos de reconsideraciones de visas. En este artículo pueden estar al día.***

Para la reunión me recibió un Asesor de Jefatura quien, acompañado de la ley impresa, respondió muy amablemente todas las preguntas que llevé. La conversación se dividió en las siguientes secciones:

 

VISAS NEGADAS

Me quedó claro que el alza en el número de solicitudes de visa negadas están relacionadas a contratos de trabajo u ofertas laborales de “empleadores falsos“, es decir, personas y/o empresas que fueron investigadas por la PDI y/o por la Fiscalía y salieron a flote irregularidades en su proceder.

Al tener etiquetado a un empleador como falso, las solicitudes de visa que tengan ofertas o contratos de ellos, serán negadas. No pude obtener información específica de personas, ni lugares que estén siendo investigados. Como entenderán, estos son temas muy delicados.

El canal oficial que Extranjería usa para notificar la resolución de las solicitudes es el correo postal. Cuando una visa es negada, el solicitante se entiende por “notificado” una vez reciba la carta enviada a su domicilio y, a partir de ese momento, el permiso de trabajo de la visa en trámite queda invalidado.

Aquí viene el primer gran problema: cuando la visa es negada es ilegal continuar la relación laboral. En un caso como este, las sanciones que pudieran derivarse irían hacia el empleado y no hacia el empleador, ya que es el empleado quien tiene la responsabilidad de estar regular para realizar actividades remuneradas.

Para poder trabajar nuevamente, habría que solicitar una reconsideración de visa rechazada y esperar el permiso de trabajo de esta nueva solicitud, lo cual nos lleva al siguiente punto:

 

RECONSIDERACIÓN Y RECTIFICACIÓN DE VISAS

Toda persona cuya solicitud de visa haya sido negada tiene la opción de solicitar una RECONSIDERACIÓN.

La ley establece que una vez notificado, el solicitante tiene 72 horas para introducir este recurso, sin embargo, esto se basa en la “presunción” que el solicitante fue realmente notificado, lo cual puede ser argumentado. Ante esta situación, Extranjería permite que esta solicitud se haga pasados los 3 días.

En la carta de negación también se establece la cantidad máxima de días para ABANDONAR el país que tiene el solicitante. Sin embargo, si opta por enviar una solicitud de reconsideración, queda sin efecto ese mandato ya que inicia un nuevo trámite y se vuelve a estar regular en el país hasta que Extranjería resuelva el caso.

En el caso de las visas, las solicitudes van a una sección de Extranjería llamada “Análisis de visas” pero en el caso de las reconsideraciones, van a la Sección Jurídica. Esta área tiene menos personal y, por el alto número de solicitudes, los tiempos de respuesta están siendo similares a los de las visas, es decir, 30-45 días para ingresar en sistema y generarse el permiso de trabajo y, luego, unos 90-120 días para obtener la respuesta.

Hasta hace poco, en Atención al Público de Extranjería, recomendaban a las personas que iniciaron el trámite con una oferta o contrato y que actualmente trabajaban con un empleador diferente, hacer una “RECTIFICACIÓN de solicitud de visa previa al estampado” para que el análisis de su caso se hiciera con información actualizada. Esto ya se dejó de aceptar porque se presta para que personas con contratos u ofertas de empleadores falsos intenten enmendar su error de esta manera.

 

ABANDONO Y/O EXPULSIÓN

Un mandato de abandono y una orden de expulsión son dos cosas distintas.

Al recibir la negación de la visa se genera un mandato de abandono. Si se introduce una solicitud de reconsideración, este queda sin efecto, pero al no hacerlo y tampoco salir del país en menos del tiempo estipulado en la resolución exenta, se genera por parte de Extranjería una orden de expulsión.

Una vez generada la orden de expulsión, ya no existe la misma flexibilidad en los tiempos que les mencionaba antes, sino que se aseguran que se cumpla al pie de la letra. Esta orden puede tomar meses en ser procesada y antes que eso pase, el solicitante puede introducir una solicitud de reconsideración. Aunque haya un rango de tiempo amplio, lo recomendable siempre es introducirla lo más pronto posible.

Entendiendo las diferencias entre los dos términos, si alguien es EXPULSADO del país, automáticamente tiene una prohibición indefinida de ingreso a Chile. Esta prohibición podría apelarse desde el Consulado de Chile en el país de origen con los procedimientos que ellos tengan estipulados para estos casos.

Si de alguna manera la apelación procede y se levanta la prohibición de ingreso, esa persona podría volver a Chile como turista y, a su vez, iniciar un nuevo proceso de visa si así lo desea.

 

OFERTAS LABORALES

Las ofertas laborales siguen siendo un documento no vinculante.

Hay una razón por la que la visa temporaria para profesionales va atada a una oferta laboral y al título: se asume que los profesionales pueden trabajar como independientes, es decir, “boleteando”, y por eso no es requerido un contrato de trabajo.

La visa temporaria para profesionales mantiene y seguirá manteniendo los mismos criterios mientras esta ley esté vigente.

Una de las preguntas que más veces recibí fue: “¿Todavía un amigo/conocido me puede hacer una oferta laboral?”. Para esto no hay una respuesta concreta ya que, sencillamente, todas las solicitudes van a análisis y el analista decidirá si, de acuerdo a su criterio, la oferta es válida o no. Paralelamente, si el empleador está etiquetado como falso, la solicitud será negada.

Hay empresas que caminan por la delgada línea entre lo legal y lo ilegal en el tema del “outsourcing” y se dedican a ofrecer ofertas y contratos a Extranjeros argumentando que los colocarán a trabajar para terceros. En Extranjería me explicaban que si estas dos empresas tienen contrato entre sí donde se estipule ese servicio de “colocación”, es perfectamente legal, pero si no lo tienen, lo más probable es que se trate de lo que ellos llaman empleadores falsos.

Por otra parte, en regiones diferentes a la Metropolitana, con respecto al tema de las ofertas laborales relacionadas con la profesión o no, me indicaron: “Las gobernaciones de cada región pueden tener criterios distintos acerca de lo que consideren una oferta laboral válida, siempre dentro del marco legal”.

 

PERMANENCIA DEFINITIVA

Las investigaciones a los que ahora se sabe que son “empleadores falsos” comenzaron hace poco, así que hay muchas personas que tienen visas temporarias aprobadas que en su momento tramitaron con ofertas o contratos emitidos por estos.

Llegado el momento de solicitar la permanencia definitiva, lo más probable es que estas sean negadas. En ese caso, también existe la posibilidad de solicitar una reconsideración.

 

PASAPORTES

Aunque esto no tenía que ver exactamente con el objetivo de la reunión, lo pregunté porque es un tema recurrente y me encontré con una grata sorpresa:

La Embajada de Venezuela en Chile solicitó a Extranjería una capacitación para su personal con respecto a temas migratorios y se dará en los próximos días. Esto es una gran noticia para todos aquellos que están a la espera de una cita para el pasaporte y al mismo tiempo están próximos al estampado de la visa, viendo con angustia pasar los días sin que salga la cita.

¿Por qué? Se preguntarán…

Existe un documento llamado “Título de residencia” que emite Extranjería a las personas que están imposibilitadas para recibir su pasaporte y sirve únicamente para estampar la visa. Este documento solo se puede obtener si la Embajada (en nuestro caso la venezolana) emite, a su vez, un certificado que señale esa imposibilidad.

La buena noticia es que, dentro de esa capacitación, la Embajada de Venezuela en Chile obtendrá la información necesaria para emitir ese certificado a las personas que califiquen y así se puede solucionar el rollo gigante de los pasaportes que tardan siglos en llegar y las visas que necesitan ser estampadas en pasaportes vigentes.

OJO, esto no quiere decir que sea SEGURO que se vaya a implementar… Solo quiere decir que la Embajada está interesada en conocer el proceso, lo cual es apenas el primer paso, pero está en el camino correcto. Si alguna vez empiezan a emitirlo, solo habría que ir con el pasaporte vencido y el certificado a Extranjería para que generen el Título de residencia y estampen la visa allí.

ACTUALIZACIÓN 04-07-2017: para complementar esta información te recomiendo leer el artículo “Cómo estampar la visa si no tienes pasaporte en Chile“.

 

MIS CONCLUSIONES

Me quedó clarísimo que Extranjería está al tanto (y encima) de los empleadores falsos.

Ahora, también queda claro que dan mucha importancia y empujan hacia la regularización de las personas. Tanto así que permiten reconsideración incluso a los que alguna vez introdujeron documentos de empleadores falsos, siempre y cuando estén actualmente dentro de lo legal y así lo manifiesten y demuestren en la solicitud.

Aún existen algunas diferencias e incoherencias en ciertos procesos pero, considerando que todo está soportado en una ley que tiene 42 años de vida, me parece que funciona bastante bien. Obviamente hay oportunidades de mejora pero, en mi opinión, eso tendría que hacerse con una reforma y no con pañitos de agua tibia.

Les seré sincero… Pensé que de la reunión iban a salir más noticias negativas que positivas y, para mi sorpresa, fue al revés, ya que prácticamente todo el mundo tiene una segunda oportunidad.

Mi mensaje final es: hagamos las cosas bien desde el principio. No es necesario estar pasando por angustias, perder un trabajo, dormir mal, etc., por intentar ser “vivos” y comprar contratos para que “salga la visa más rápido”. Si existen los mecanismos y están bien detallados en la página de Extranjería, ¿por qué ponerse creativos e inventar maneras rebuscadas para pasarle por el lado a los procesos?

Espero haber aclarado la mayoría de las dudas generadas alrededor de esta situación. Si aún quedan dudas, seguramente serán casos específicos para los cuales recomiendo que busquen comunicarse directamente con Extranjería. Ellos tienen el call center, la atención al público presencial, su cuenta de Twitter oficial, los foros en la página web y el formulario de contacto para consultas. Por todas estas vías dan respuestas y nada mejor que recurrir a ellos que son quienes toman la decisión de nuestro futuro legal en este país como inmigrantes.

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613 comments

  • claudia 7 Febrero 2020   Reply →

    hola en octubre 2019 solicite prorroga de visa temporal (no quise por motivos personales solicitar la definitiva)..pues bien aunque aun espero respuesta, me informe que seguramente me va a ser negada ya que no adjunte el contrato d trabajo, no sabia que habia que hacerlo cuando se solicitaba prorroga (la ignorancia de la información )..pues bien necesito saber que debo hacer ya que estoy trabajando y hasta estoy pagando un credito automotriz

    • Jorge León 10 Febrero 2020   Reply →

      Hola.

      Debes esperar respuesta de Extranjería y actuar con base en esa respuesta.

  • Yender perez 30 Octubre 2019   Reply →

    Bnas noches, me aprobaron la Visa de permanencia definitiva pero la planilla de pago y formulario vienen con un error, se equivocaron y colocaron el rut de mi hija chilena y no el mío. . . Mi pregunta es que debo hacer ?

    • Jorge León 31 Octubre 2019   Reply →

      Comunícate con Extranjería directamente. Busca “Extranjería OIRS” en Google.

  • Wesner louis 12 Octubre 2019   Reply →

    Hola Jorge , le agradesco mucho su trabajo. Tengo una pregunta este 9 de octubre 2019 me hace 13 meses desde que tengo mi solicitud de permanencia definitiva en tramite , lo reenvié los paperes adiciona en abril 2019 , necesito saber si puedo tener la certitud que aprobaron la visa definitiva , o igual con 13mese puede rechaza la visa , ya te doy gracias.

    • Jorge León 13 Octubre 2019   Reply →

      Hola Wesner.

      El tiempo de espera no tiene nada que ver con la posible aprobación o rechazo de la permanencia definitiva.

      Solo se sabe si la aprobaron o no cuando dan la respuesta final.

  • Jailyn 4 Octubre 2019   Reply →

    Hola tengo una duda a una amiga le toco su estampado de visa sujeta a contrato hoy pero el nombre del empleador se dieron cuenta allá de que le falta una letra esta mal escrito habra algun problema a futuro con eso por lo de las imposiciones y todo ese tema?

    • Jorge León 4 Octubre 2019   Reply →

      Siempre es preferible que esos errores se corrijan de inmediato.

    • Jose Solorzano 7 Octubre 2020   Reply →

      Estimado, hice la solicitud de mi hija y de mi señora el año pasado, le fue negada e hice el pago de la multa. Volví adjuntar la documentación que me solicitaban y el 1 de octubre se las vuelven a negar.
      Las dos son dependientes mío, yo tengo ya la definitiva y estoy estable en el país.
      Que debo hacer? Por favor agradecería mucho tu respuesta…

  • Camila 11 Septiembre 2019   Reply →

    Hola mi inquietud es q ya ha pasado tiempo de q debió haber llegado a mi domicilio una resolución para Reconsideración de visa y no he recibido nada x lo tanto no he enviado x correo el sobre que debo hacer si llamo a extranjeros y cada operador da diferentes respuestas que hacer en ese caso ? Gracias

  • Jose Amaro 25 Julio 2019   Reply →

    Buenas tardes saludos a todos Alguien sabe cuanto tiempo debo esperar el decreto de carta de nacionalización, actualmente llevo 19 Meses.Gracias

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