Ley de Transparencia como medio para entender los casos de visas rechazadas en Chile

Ley de Transparencia como medio para analizar los casos de visas rechazadas

El 11 de agosto de 2008 fue promulgada en Chile la Ley de Transparencia o Ley N° 20.285 sobre Acceso a la información pública, durante el primer período de Michelle Bachelet para posteriormente entrar en vigor el 20 de abril de 2009.

El objetivo de esta ley es poner a disposición de cualquier persona que lo requiera la información de los organismos públicos, promoviendo la claridad en el sistema estatal, abriendo espacios para la participación y elevando las exigencias de rendición de cuentas de la gestión pública. Junto la ley, también se creó el Consejo para la Transparencia, órgano autónomo de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio que vela por el cumplimiento de la normativa.

Chile es pionero en Latinoamérica en este tipo de iniciativas, siendo el primer país de la región que logró sistematizar el acceso a la información pública, mérito suficiente para generar confianza y estar ubicado en el vigésimo cuarto puesto del último Índice de Percepción de Corrupción publicado hasta la fecha por la organización Transparencia Internacional.

 

¿Por qué esta ley está relacionada a los casos de rechazo de visas y a las posteriores solicitudes de reconsideración?

La ley sobre la cual el Departamento de Extranjería y Migración (DEM) basa sus decisiones data del año 1975, por lo tanto, hay conceptos y procedimientos contemplados en ella que, por el avance de la sociedad y la tecnología, son incoherentes en los tiempos actuales.

El tema de los contratos u ofertas laborales falsas es un ejemplo de esta situación, ya que las decisiones que ha tomado el DEM sobre estos casos pueden ser interpretadas como arbitrarias, al no provenir de un marco legal con estructuras suficientemente claras.

Es aquí donde la Ley de Transparencia se vuelve importante, ya que toda resolución exenta que emite el DEM, así como las investigaciones que hace la Policía de Investigaciones (PDI) para complementar el análisis de las solicitudes, están disponibles en los portales de transparencia de cada organismo y su consulta podría ayudar a entender en qué se basaron para tomar esas decisiones.

 

¿Cómo se obtiene esta información?

El Portal de Transparencia de Chile indica que todas las personas tienen derecho a solicitar información pública. Esto se hace mediante una solicitud formal donde el interesado especifica cuál es la información requerida, en qué formato la necesita y cómo desea que se ejecute la entrega.

Esta petición debe ir acompañada de los nombres, apellidos, dirección y firma del solicitante, explicación de la información que requiere de manera clara y la identificación del organismo al cual va dirigida esta solicitud.

La planilla puede ser ingresada digitalmente a través del Portal de Transparencia, enviada por correo postal o dejada presencialmente en las oficinas del organismo al cual se dirige la solicitud. Los tiempos de respuesta se supone deben ser menores a 20 días hábiles, con una prórroga de 10 días hábiles en caso de que el organismo fundamente un retraso.

 

¿Qué datos componen el informe del organismo?

Durante el 2017 fueron rechazadas una gran cantidad de solicitudes de visa por “efectuar declaraciones falsas en lo que respecta al contrato de trabajo”, cuyos documentos prevenían de lo que el DEM denomina “empleadores falsos”.

En la resolución exenta a través de la cual se notifica al solicitante el rechazo, se encuentra el número de oficio emitido por la PDI con la investigación correspondiente a su caso. Cualquier persona interesada puede entonces tener acceso a este documento en el que se detalla el nombre completo, RUT, empresas en las que participa como represente legal, visitas al domicilio fiscal, antecedentes penales, estatus migratorio, modus operandi, declaraciones de testigos y un veredicto que se utiliza como base para concluir que el empleador era falso y que luego el DEM toma como razón para negar la solicitud.

Si bien este recurso no soluciona el problema de fondo, que es el rechazo de la visa, al menos da información adicional acerca del caso, la cual es muy útil conocer a la hora de solicitar la reconsideración y estructurar la tan importante carta de motivos.

 

Un caso real

El pasado 21 de enero de 2018 entrevisté en Enfoque Migratorio a José Rubio, un profesional venezolano cuya solicitud de visa temporaria fue rechazada y actualmente tiene una solicitud de reconsideración en trámite.

Él es uno de los casos derivados de una famosa empresa dirigida por una venezolana que funcionaba en la calle Monjitas, en Santiago Centro, que se dedicaba a vender ofertas laborales y contratos bajo la figura de tercerización, que servían a los inmigrantes recién llegados como requisito para la solicitud de sus visas de residencia.

Cuando José recibió la notificación del DEM con el rechazo de su visa, de inmediato optó por ejercer su derecho contemplado en la Ley de Transparencia y solicitó a la PDI el oficio que habían tomado como base para analizar su caso.

Al recibirlo, 4 meses después de la petición, se dio cuenta que era una investigación completa a la empresa que había emitido su oferta laboral y que el DEM había solicitado luego de contabilizar más de 1000 contratos de trabajo con extranjeros firmados por dicha organización, concluyendo, luego de varias visitas al establecimiento y entrevistas a involucrados (todas detalladas en el informe), que no había manera de justificar la contratación de estos cientos de personas y que se descartaba la relación contractual entre estos y la empleadora.

Esta información fue muy valiosa para que José preparara entonces su solicitud de reconsideración basándose, entre otros aspectos, en los derechos humanos de los inmigrantes en Chile, por lo cual espera obtener resultados positivos muy pronto.

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13 comments

  • Yoel 2 Marzo 2018   Reply →

    Saludos! Estoy en esta situacion bastante compleja! Me rechazaron la visa por realizar la solicitud con oferta laboral emitida por monjitas (error fatal) En la solicitud de reconsideracion de Visa el 20-10-2017 y hasta la fecha no hay ningun tipo de respuesta.. Los que han vivido esta experiecia en cuanto tiempo les han dado respuesta?

  • Alejandro Bohórquez 27 Febrero 2018   Reply →

    Hola Jorge, en concordancia con tu artículo: “Ley de Transparencia”

    A finales de enero hice la solicitud de toda la información que contiene mi expediente del por qué rechazaron mi visa temporaria. Lo retiré el día de hoy en la oficina de partes del ministerio del interior ubicado en la calle teatinos 92.

    Me quedo sorprendido porque realmente esperaba una exposición de motivos más detallada, al final, en la planilla que aparentemente llena el analista que recibió mi caso no dice absolutamente nada más alla de la frase en el punto 6 Recomendación: “curso favorable previa” y más abajo dice “rechazo”, eso sin más explicación. Luego en el punto 7 Opinion de la jefatura: NADA, ni una palabra. Ahora bien, el informe del subinspector de la PDI encuentro que es algo ambiguo, ya que por un lado califica a la empresa Asesorías Ana Chacón como impostora por haber emitido mas de 1000 contratos falsos, pero cuando menciona las Ofertas Laborales explica que por razones obvias no había información de los futuros empleados porque cada Oferta contenía la clausula de vigencia que especifica que la persona no puede comenzar sus labores en la empresa ni el pago de imposiciones hasta que tenga la documentación necesaria emitida por el departamento de extranjería.

    Entonces, pensando que al tener en mis manos esta información iba a quedar conforme con mi rechazo de visa, todo lo contrario, aún quedo más convencido de que no fue ilegal lo que muchas personas hicimos, esto fue una gigante arbitrariedad de extranjería, porque siempre lo he dicho: más delicado es un contrato de trabajo falso que una oferta, porque ésta no es vinculante, tal como lo dice la propia ley.

    Si quieres te comunicas conmigo y te hago llegar una copia del documento.

    Voy a tratar de pedir una cita en Legal Global para llevarles una copia del documento también, porque yo creo que todavía se pueden ejercer acciones legales ante este atropello.

    Saludos Jorge

    • Jorge León 27 Febrero 2018   Reply →

      Hola Alejandro.

      Allí tienes un caso que si lo sustentas con argumentos jurídicos tienes mucho chance de ganar.

  • Gabriel Pina 17 Febrero 2018   Reply →

    HOLA jorge necesito ayuda introduje la visa deefinitiva 15 dias antes q se venciera mi visa temporaria en el trabajo que estoy soy nuevo tengo un med y el 22 de febrero se vence mi visa ellos me dicen q necesitan un docunento q demuestre que puedo trabajar apesar q mi rut esta vencido , para rllos no es sificiente el papel que dan en correo e hchile, mi pregunta es , puedo solicitar un permiso de trabajo para demostrarle a ellos q puedo trabajar ? Espero puedas responder , no quiero q me boten 🙁

    • Jorge León 18 Febrero 2018   Reply →

      Hola Gabriel.

      Lamentablemente el único documento que les puedes dar es el que emite Extranjería cuando ingresan tu solicitud al sistema y eso puede tomar 2 a 3 meses a partir del envío de la solicitud.

      Explícales el procedimiento e invítalos a corroborarlo en Extranjería para que vean que no están haciendo nada ilegal al tenerte como trabajador.

  • Luis Rosal 14 Febrero 2018   Reply →

    Hola Jorge espero que estés muy bien, una consulta yo teniendo la definitiva puedo hacerle un contrato de trabajo a X persona que no tiene titulo profesional?, si es si supongo que debo pagarle todas las imposiciones

  • Gabriel 12 Febrero 2018   Reply →

    Hola Jorge…como siempre un placer leer el blog…te queria hacer una pregunta, es necesario llevar el titulo en pergamino a para solicitar Visa de Profesionalizacion??Te lo pregunto porque me ha llegado info de alla que no lo solicitan y queria saber si has escuchado algo al respecto.

    P.D.: En los proximos dias te hago llegar una fotografia de la hoja de apostilla del titulo donde el pergamino no lo tocan para nada…Saludos.

  • Alejandro 9 Febrero 2018   Reply →

    Hola Jorge, tengo una duda, he estado investigado en la página de extranjería sobre niños de extranjeros que nacen en Chile, si los padres vienen como turistas y la madre da a luz en Chile, el niño obtiene la nacionalidad? Es que según lo que he leído no dan la nacionalidad sino que queda como hijo de transeúnte, sabes algo de este tema? Me imagino que los padres podrían sacar sus papeles de la manera tradicional con el contrato o la oferta, pero no estoy muy claro del niño. De antemano muchas gracias

  • Arelis Páez 8 Febrero 2018   Reply →

    Saludos Jorge

    Que pesar para este compatriota que quiso enviar su documentación sin saber lo que le esperaba, imaginate ahora con la desesperación de tantas personas que está llegando y entra como turista y luego quiere cambiar su status para trabajar.

    Ojalá que la DEM entre su propuesta para la reforma de la ley pueda evaluar los cambios a los que no estaban preparados para recibir turista y sí lo mismo cumplen para así de una vez trabajar y aportar al país por un determinado tiempo.

    Un abrazo

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